Las malas enseñanzas

Cuando entre nosotros y la pandemia, con su dolor y signos de tragedia, nada fue capaz de detener el latrocinio y la corrupción, debemos pensar seriamente que es tiempo de trabajar en la formación y fortalecimiento espiritual de nuestros niños y jóvenes que se educan. En efecto, tenemos que oponer valores ante las malas enseñanzas que en ocasiones se brindan y marcan al que aprende. Parece mentira, pero en ocasiones un gesto, una palabra, una acción, borran páginas y discursos de consejos. Por ello es importante retomar la opción formadora de la educación y no permitirnos en ningún caso que el mal ejemplo del adulto marque al estudiante, aunque aquel, por intereses electoreros políticos o protagónicos, regale y prodigue leyes que dañan y destruyen. Una norma que incita al “no pago”, que invita al incumplimiento de lo firmado en un contrato o que irrumpe con fuerza sobre la responsabilidad adquirida, no es ni sana ni buena y más bien sirve para que las malas enseñanzas cundan, pues los hijos más tarde o más temprano conocen de las acciones que realizan sus padres y por supuesto que de ellas aprenden. La educación privada camina en un hilo. Su seguridad y existencia están en la cuerda floja,  pues está seriamente amenazada por los deseos demagógicos de quienes tienen la capacidad de normar y pretenden regalar la opción del “no pago”, sin considerar el daño a un sector que está siendo seriamente golpeado por la crisis: imposición de descuentos, perdida de alumnos, van determinando el cierre de establecimientos y más penurias que el sector se ha visto precisado a tomar para garantizar su existencia. No permitan la opción del “no pago” pues sería la puerta que se abre para destruir a la educación particular, ya que lamentablemente entre nosotros la “viveza criolla” impera y muchos sin duda, serían los que tomarían la opción, ya que no todos piensan en futuro y en el ejemplo que dejan o la mala enseñanza en la que hacen crecer a sus hijos. De ahí que es razonable establecer que luego de un tiempo prudencial de mora, se ejecute una acción final de pago.   Dr. Abelardo García Calderón  
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